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Massalfassar modifica la ordenanza del IBI: plazo para revisar el expediente y presentar reclamaciones
El Ayuntamiento de Massalfassar ha aprobado de forma provisional una modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles. Durante treinta días cualquier interesado puede consultar el expediente y presentar reclamaciones; si no las hay, el acuerdo queda aprobado definitivamente.
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Plazo: Reclamaciones al expediente (fecha calculada en días hábiles; confirmar en la sede municipal), hasta el 25 de noviembre de 2026.
Qué se ha aprobado
El pleno de Massalfassar aprobó el 30 de septiembre de 2026, de forma provisional, una modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI). El anuncio se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia el 14 de octubre.
El anuncio no explica en qué consiste el cambio. Para conocerlo hay que consultar el expediente, que está en las dependencias municipales y en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Plazo para reclamar
La ley abre un periodo de treinta días desde el día siguiente a la publicación para examinar el expediente y presentar reclamaciones. Los plazos administrativos se cuentan en días hábiles, sin sábados, domingos ni festivos. Con ese cómputo, y sin contar posibles festivos locales, el plazo terminaría el 25 de noviembre de 2026. Antes de presentar nada, confirma la fecha en la sede municipal.
Si nadie presenta reclamaciones, el acuerdo provisional pasa a ser definitivo sin más trámite. Después se publica el texto íntegro en el BOP y, a partir de ese momento, solo cabe recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
Quién puede presentar una reclamación
Pueden hacerlo quienes tengan un interés directo, como los propietarios de inmuebles del municipio y las asociaciones o colectivos afectados. La reclamación debe explicar por qué el cambio se considera incorrecto, por ejemplo un error de cálculo o la falta de justificación. No basta con que la subida no guste.
Qué conviene hacer ahora
Si tienes inmuebles en Massalfassar, consulta el expediente y comprueba qué cambia en tu caso: el tipo de gravamen, las bonificaciones o los recargos. Si piensas reclamar, hazlo dentro del plazo y guarda el justificante de registro.
Texto: Juan José Farinós Ibáñez, Abogado, colegiado ICAV n.º 13.981. Fuentes contrastadas el 2 de noviembre de 2026.
Información general: no sustituye el asesoramiento sobre un caso concreto. Si detectas un error o un dato desactualizado, escribe a juanfarinos@icav.es.