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El Puig Activa 2026: ayudas para contratar y para crear empresa, con plazo hasta el 27 de noviembre
El Ayuntamiento de El Puig de Santa Maria ha abierto la convocatoria «El Puig Activa 2026», con 25.000 euros para fomentar la contratación y la creación de empresas. Las solicitudes se presentan en la sede electrónica municipal hasta el 27 de noviembre.
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Plazo: Presentación de solicitudes de El Puig Activa 2026, hasta el 27 de noviembre de 2026.
Qué se ha aprobado
El Ayuntamiento de El Puig de Santa Maria ha convocado las subvenciones «El Puig Activa 2026» para el fomento de la contratación y la creación de empresas. El extracto de la convocatoria se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia el 18 de septiembre de 2026 y la convocatoria figura en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el código 928574.
Datos principales
| Presupuesto total | 25.000 euros |
| Quién puede pedirla | Pymes y personas físicas que desarrollan una actividad económica |
| Para qué | Fomento de la contratación y creación de empresas |
| Procedimiento | Concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y se comparan entre sí |
| Plazo | Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP hasta el 27 de noviembre de 2026 |
| Dónde se presenta | Sede electrónica del Ayuntamiento de El Puig |
Las ayudas se conceden como ayudas de minimis, es decir, sujetas al límite europeo de ayudas públicas de pequeña cuantía que puede recibir una misma empresa en un periodo de tres años.
A quién le interesa
A autónomos y pequeñas empresas de El Puig que hayan contratado o piensen contratar personal, y a quien haya iniciado o vaya a iniciar una actividad económica en el municipio. Al ser una convocatoria en concurrencia competitiva con un presupuesto limitado, conviene presentar la solicitud completa y no esperar al último día.
Qué conviene revisar antes de solicitar
- Que la actuación (contrato o alta de actividad) encaja en las fechas y condiciones de las bases.
- Si ya has recibido otras ayudas de minimis: hay que declararlas.
- Que estás al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento, un requisito habitual en las subvenciones públicas.
- La documentación exacta que piden las bases, que puedes descargar desde la ficha de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
La información de este artículo resume la ficha oficial de la convocatoria. Las condiciones que valen son las de las bases publicadas.
Texto: Juan José Farinós Ibáñez, Abogado, colegiado ICAV n.º 13.981.
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